Ley Orgánica de Salud (1998); ningún decreto que exija serialización o trazabilidad
Estado de serialización
N/A
Población del país
28 millones
Requisito de alerta: Farmacovigilancia estándar y vigilancia del mercado en vigor (MPPS/SACS/INCANAM) - no vinculada a la serialización
Requisito de agregación: N/A
Requisito de seguimiento y localización: N/A
Órgano de gobierno oficial: MPPS (Ministerio del poder popular para la salud) a través de entidades como SACS e INCANAM
Plazo de aplicación: No programado
Tipo / nivel de serialización: N/A
Responsabilidades del MAH / CMO: N/A
Alcance del producto serializado: N/A
Sanciones por incumplimiento: N/A
Normas de reenvasado: Se aplican las normas GMP y de etiquetado estándar; se permite el reenvasado según las directrices del SACS, sin relación con la serialización