Uruguay

Nombre del reglamento
El Decreto 324/999 y el Decreto 38/015 regulan los dispositivos médicos y biológicos; actualmente no existe un decreto de trazabilidad.
Estado de serialización
Sin mandato de serialización, sólo seguimiento básico de lotes
Población del país
3,5 millones

Requisito de alerta: N/A

Requisito de agregación: N/A

Requisito de seguimiento y localización: N/A

Órgano de gobierno oficial: MSP (Ministerio de Salud Pública), a través de sistemas equivalentes a DIGEMID (por ejemplo, JND para el registro de medicamentos)

Plazo de aplicación: No programado

Tipo / nivel de serialización: N/A

Responsabilidades del MAH / CMO: Los patrocinadores de programas piloto deben informar a los órganos de gobierno

Alcance del producto serializado: N/A

Sanciones por incumplimiento: N/A

Normas de reenvasado: Regulado únicamente por las normas de etiquetado y BPF

Requisitos de codificación del mercado:

MSP (Ministerio de Salud Pública), a través de sistemas equivalentes a DIGEMID (por ejemplo, JND para el registro de medicamentos)

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